Inicio › Sociedad Protectora de Animales y Plantas “San Francisco de Asis” de Melilla › Convenio 04/04/2023
Convenio · 2023
Colaboración para proteger y cuidar animales abandonados y reservar plazas para animales de personas vulnerables en la protectora durante 2023.
Con Sociedad Protectora de Animales y Plantas “San Francisco de Asis” de Melilla
Aportación de la Ciudad (máximo)
100.000,00 €
- Tipo
- Convenio
- Publicado en el BOME
- 04/04/2023 (BOME nº 19)
- Fecha de firma
- 02/04/2023
- Vigencia
- del 02/04/2023 al 31/12/2023
- Órgano de la Ciudad
- Consejería de Políticas Sociales, Salud Pública y Bienestar Animal
- Nº de registro
- CON2300040
- Identificador
- BOME-AX-2023-56
Firmantes
Por la Ciudad Autónoma de Melilla
- Francisca Ángeles García MaesoConsejera de Políticas Sociales, Salud Pública y Bienestar Animal
Por Sociedad Protectora de Animales y Plantas “San Francisco de Asis” de Melilla
- Lorena Lopez LópezPresidenta de la Sociedad Protectora de Animales y Plantas "San Francisco de Asis" de Melilla
Objeto del convenio
PRIMERA.- OBJETO El presente Convenio tiene por objeto establecer la colaboración entre la Ciudad Autónoma de Melilla y la Sociedad Protectora de Animales y Plantas para fomentar la protección de los animales abandonados, así como proporcionarles los cuidados necesarios mientras se encuentren en esa situación, evitando así la proliferación de animales sin control sanitario por las vías públicas. En tanto, deberán ser reservadas un número/porcentaje en relación a su capacidad de plazas para albergar animales de compañía que se encuentren en situación de vulnerabilidad por circunstancias justificables sobrevenidas y que impidan a su tutor/ra cumplir con las obligaciones de tutor/a para con el bienestar animal de acuerdo a su condición de seres sentientes, proporcionándoles atención, supervisión, control y cuidados suficientes; una alimentación y bebida sana, adecuada y conveniente para su normal desarrollo; unas buenas condiciones higiénico sanitarias; la posibilidad de realizar el ejercicio necesario; u un espacio para vivir suficiente, higiénico y adecuado, acorde con sus necesidades etológicas y destino, con protección frente a las inclemencias meteorológicas, y que permita su control con una frecuencia al menos diaria; compañía en caso de animales gregarios, que en ningún caso podrán mantenerse aislados del hombre u otros animales; y en general, una atención y manejo acordes con las necesidades de cada uno de ellos.
Cláusula del objeto copiada del texto del BOME. Puede contener errores de lectura del PDF original.
Lo que dice el BOME sobre el importe
«hasta el límite máximo de CIEN MIL EUROS (100.000€)»
Sumario del anuncio
Convenio de colaboración entre la Consejería de Políticas Sociales, Salud Pública y Bienestar Animal de la Ciudad Autónoma de Melilla y la Sociedad Protectora de Animales y Plantas "San Francisco de Asis" de Melilla, para el programa de fomento de la protección de animales abandonados 2023.
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