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Convenio · 2026

Subvención nominativa a la Casa Regional de Melilla en Zaragoza para promover y difundir la cultura y costumbres melillenses desde su sede en 2026.

Con Casa Regional de Melilla en Zaragoza

Aportación de la Ciudad

15.669,00 €

Tipo
Convenio
Publicado en el BOME
21/08/2026 (BOME nº 6407)
Fecha de firma
18/08/2026
Vigencia
del 01/01/2026 al 31/12/2026
Órgano de la Ciudad
Consejería de Cultura, Patrimonio Cultural y del Mayor
Nº de registro
CON2600227
Identificador
BOME-A-2026-961

Firmantes

Por la Ciudad Autónoma de Melilla

Por Casa Regional de Melilla en Zaragoza

Objeto del convenio

PRIMERA: OBJETO. El objeto del presente convenio tiene el propósito de resaltar el compromiso en la promoción y difusión de la cultura y las costumbres melillenses, trabajando desde la sede en Zaragoza para ser un puente entre Melilla y la comunidad zaragozana, acercando las tradiciones y patrimonio melillense a un público más amplio. El coste de la memoria de actividades se concreta en: ALQUILER DEL LOCAL.- 6.131,04 € ACTOS CULTURALES A CELEBRAR EN EL LOCAL, EN COLABORACIÓN CON OTRAS ASOCIACIONES, AYUNTAMIENTO Y ENTIDADES CULTURALES Y PARTICIPACIÓN EN LAS OFRENDAS A LA VIRGEN DE LA VICTORIA Y EL PILAR.- 856,00 € CELEBRACIONES DEL DÍA DE MELILLA Y ANIVERSARIO DE FUNDACIÓN DE LA CASA.- 2.400,00 € GASTOS DE ASESORÍA Y GESTIÓN, IMPUESTOS Y SEGURO DEL LOCAL.- 2.085,00 € MATERIAL DE OFICINA Y PROTOCOLO.- 700,00 € ACONDICIONAMIENTO, MANTENIMIENTO, LIMPIEZA Y ENSERES DEL LOCAL, TRANSPORTES, AGUA, LUZ Y BASURAS.- 3.500,00 € COMUNICACIONES.- 180,00 € RESTO DE ACTIVIDADES CULTURALES Y CELEBRACIONES.- 562,00 € (financiación propia) De los importes arriba referenciados, superiores al presupuesto subvencionable, se admitirán hasta un total de 15.669,00 € como presupuesto justificable. La parte del proyecto no subvencionada deberá ser cubierta por la entidad beneficiaria como aportación de fondos propios siendo complementaria a la subvención, debiéndose acreditar que han cumplido con su compromiso de cofinanciar el proyecto, justificar el importe, procedencia y aplicación de tales fondos a las actividades subvencionadas de conformidad con el art. 30 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones. Admitiéndose gastos de alojamiento, manutención y desplazamiento en las actividades subvencionadas se atenderá a los principios generales, los requisitos de los gastos y la forma de justificación establecidos en el Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, sobre indemnizaciones por razón del servicio, limitándose las cuantías máximas diarias subvencionables a las establecidas en dicha norma para el grupo 2.

Cláusula del objeto copiada del texto del BOME. Puede contener errores de lectura del PDF original.

Lo que dice el BOME sobre el importe

«Conceder una cantidad económica de 15.669,00 €»

Sumario del anuncio

Convenio de colaboración entre la Ciudad Autónoma de Melilla y la Casa Regional de Melilla en Zaragoza durante el año 2026.

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