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Convenio · 2026

Subvención a la Casa Regional de Melilla en Valencia para promover y difundir la cultura y costumbres melillenses desde su sede durante 2026.

Con Casa Regional de Melilla en Valencia

Aportación de la Ciudad

14.279,00 €

Tipo
Convenio
Publicado en el BOME
03/07/2026 (BOME nº 6393)
Fecha de firma
29/06/2026
Vigencia
del 01/01/2026 al 31/12/2026
Órgano de la Ciudad
Consejería de Cultura, Patrimonio Cultural y del Mayor
Nº de registro
CON2600209
Identificador
BOME-A-2026-781

Firmantes

Por la Ciudad Autónoma de Melilla

Por Casa Regional de Melilla en Valencia

Objeto del convenio

PRIMERA: OBJETO. El objeto del presente convenio tiene el propósito de resaltar el compromiso en la promoción y difusión de la cultura y las costumbres melillenses, trabajando desde la sede en Valencia para ser un puente entre Melilla y la comunidad valenciana, acercando las tradiciones y patrimonio melillense a un público más amplio. Entre los gastos justificables se encuentran: Alquiler Sede Social | 9.500,00 € Tributos IRPF | 1.260,00 € Iberdrola | 960,00 € Telefónica | 363,00 € Agua | 380,00 € Seguro | 260,00 € Cuota Federación | 74,00 € Mantenimiento Sede | 980,00 € Limpieza Sede | 1.200,00 € Material Oficina | 200,00 € Publicaciones | 350,00 € Gastos Correspondencias | 227,00 € Gastos Representación | 1.500,00 € Quincena Cultural | 1.350,00 € Nuevas adquisiciones | 350,00 € Salidas Culturales | 600,00 € Celebración Día de Melilla | 1.200,00 € Gastos Bancarios | 225,00 € Asesoría Fiscal | 350,00 € De los importes arriba referenciados, superior al importe de concesión, se admitirán hasta un total de 14.279,00 € como importe justificable. La parte del proyecto no subvencionada deberá ser cubierta por la entidad beneficiaria como aportación de fondos propios siendo complementaria a la subvención, debiéndose acreditar que han cumplido con su compromiso de cofinanciar el proyecto, justificar el importe, procedencia y aplicación de tales fondos a las actividades subvencionadas de conformidad con el art. 30 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones. Admitiéndose gastos de alojamiento, manutención y desplazamiento en las actividades subvencionadas se atenderá a los principios generales, los requisitos de los gastos y la forma de justificación establecidos en el Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, sobre indemnizaciones por razón del servicio, limitándose las cuantías máximas diarias subvencionables a las establecidas en dicha norma para el grupo 2.

Cláusula del objeto copiada del texto del BOME. Puede contener errores de lectura del PDF original.

Lo que dice el BOME sobre el importe

«Conceder una cantidad económica de 14.279,00 €, con cargo a la partida presupuestaria 04 92408 48905»

Sumario del anuncio

Convenio de colaboración entre la Ciudad Autónoma de Melilla y la Casa Regional de Melilla en Valencia, durante el año 2026.

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