Inicio › Fundación Hospitalarias › Convenio 27/03/2026

Convenio · 2026

Atención integral especializada en régimen residencial de hasta 7 pacientes con enfermedad mental de Melilla en el centro de la Fundación Hospitalarias en Málaga durante 2026.

Con Fundación Hospitalarias

Aportación de la Ciudad (máximo)

293.825,00 €

Tipo
Convenio
Publicado en el BOME
27/03/2026 (BOME nº 6365)
Fecha de firma
18/03/2026
Vigencia
del 01/01/2026 al 31/12/2026
Órgano de la Ciudad
Consejería de Políticas Sociales y Salud Pública
Nº de registro
CON2600048
Identificador
BOME-A-2026-341

Firmantes

Por la Ciudad Autónoma de Melilla

Por Fundación Hospitalarias

Objeto del convenio

PRIMERA. - OBJETO DEL CONVENIO. Es objeto del presente convenio establecer la colaboración entre la Ciudad de Melilla y la Fundación Hospitalarias, para la prestación de atención integral especializada en régimen residencial de hasta 7 pacientes. Los objetivos generales que han de guiar su organización y funcionamiento son los siguientes: Asegurar la cobertura de las necesidades básicas de alojamiento, manutención y soporte. Ofrecer el cuidado y apoyo personal y social que los usuarios necesiten para mejorar su situación y calidad de vida. Favorecer la mejora de la autonomía personal o social de los usuarios residentes de tal forma que les permita un funcionamiento lo más normalizado posible. Posibilitar el mantenimiento en la comunidad en las mejores condiciones posibles de dignidad y calidad de vida. Favorecer la progresiva integración social de los usuarios residentes La atención residencial tendrá por finalidad facilitar alojamiento y asistencia integral y profesional en el centro, durante las 24 horas del día, en el área que corresponda (Unidad de Corta y larga Estancia y Residencia de Mayores Psicogeriátrica, según se determine por el facultativo médico responsable de la Unidad de Salud Mental o del Servicio de Psiquiatría del Hospital Comarcal del INGESA Cuando por circunstancia sanitarias el paciente deba ser ingresado en una institución hospitalaria ajena a la convenida se incluirán como gastos a sufragar por el convenio los ocasionados por traslados y acompañamientos en estancias hospitalarias externas de los usuarios derivados por esta Consejería, y en caso de no poder ser sufragado por el propio usuario, tutor o familiares, a la vista de sus situación socioeconómica y familiar.

Cláusula del objeto copiada del texto del BOME. Puede contener errores de lectura del PDF original.

Lo que dice el BOME sobre el importe

«hasta el importe máximo anual de DOSCIENTOS NOVENTA Y TRES MIL OCHOCIENTOS VENTICINCO EUROS (293.825,00€)»

Sumario del anuncio

Convenio de colaboración entre la Ciudad Autónoma de Melilla y la Fundación Hospitalarias, para la atención integral especializada a personas con enfermedad mental.

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