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Convenio · 2026

Subvención de la Ciudad a la Casa Regional de Melilla en Toledo para promover y difundir la cultura y costumbres melillenses durante 2026.

Con Casa Regional de Melilla en Toledo

Aportación de la Ciudad

8.919,00 €

Tipo
Convenio
Publicado en el BOME
04/09/2026 (BOME nº 6411)
Fecha de firma
01/09/2026
Vigencia
del 01/01/2026 al 31/12/2026
Órgano de la Ciudad
Consejería de Cultura, Patrimonio Cultural y del Mayor
Nº de registro
CON2600232
Identificador
BOME-A-2026-1001

Firmantes

Por la Ciudad Autónoma de Melilla

Por Casa Regional de Melilla en Toledo

Objeto del convenio

PRIMERA: OBJETO. El objeto del presente convenio tiene el propósito de resaltar el compromiso en la promoción y difusión de la cultura y las costumbres melillenses, trabajando desde la sede en Toledo para ser un puente entre Melilla y la comunidad toledana, acercando las tradiciones y patrimonio melillense a un público más amplio. Entre los gastos justificables se encuentran: FITUR enero 2026 (alquiler bus 50 plazas): 550,00 €. Visita Museo Naval Madrid (alquiler bus 55 plazas): 660,00 €. Asamblea General septiembre 2026: Megafonía 150 €, alquiler Pantallas 175 €, alquiler mobiliario 175 €. Total: 500,00 €. Celebración 33 aniversario 2026: Actuación musical 400 €, placa conmemorativa 125 €, alquiler finca 1.000 €. Total: 1.500,00 €. Alquiler Local (incluye gestoría): 450 € x 12 meses: 5.400,00 € Telefonía e internet (88/90 €/mes): 809,00 €. De los importes arriba referenciados, superior al importe de concesión, se admitirán hasta un total de 8.919,00 € como importe justificable. La parte del proyecto no subvencionada deberá ser cubierta por la entidad beneficiaria como aportación de fondos propios, siendo complementaria a la subvención, debiéndose acreditar que han cumplido con su compromiso de cofinanciar el proyecto, justificar el importe, procedencia y aplicación de tales fondos a las actividades subvencionadas de conformidad con el art. 30 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones. Admitiéndose gastos de alojamiento, manutención y desplazamiento en las actividades subvencionadas se atenderá a los principios generales, los requisitos de los gastos y la forma de justificación establecidos en el Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, sobre indemnizaciones por razón del servicio, limitándose las cuantías máximas diarias subvencionables a las establecidas en dicha norma para el grupo 2.

Cláusula del objeto copiada del texto del BOME. Puede contener errores de lectura del PDF original.

Lo que dice el BOME sobre el importe

«Conceder una cantidad económica de 8.919,00 € (OCHO MIL NOVECIENTOS DIECINUEVE EUROS), con cargo a la partida presupuestaria 04 92408 48907»

Sumario del anuncio

Convenio de colaboración entre la Ciudad Autónoma de Melilla y la Casa Regional de Melilla en Toledo, durante el año 2026.

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