Inicio › Casa Regional de Melilla en Toledo › Convenio 12/09/2025
Convenio · 2025
Promover la cultura y las costumbres de Melilla mediante las actividades de la Casa Regional de Melilla en Toledo durante 2025.
Con Casa Regional de Melilla en Toledo
Aportación de la Ciudad
8.919,00 €
- Tipo
- Convenio
- Publicado en el BOME
- 12/09/2025 (BOME nº 6309)
- Fecha de firma
- 05/09/2025
- Vigencia
- del 01/01/2025 al 31/12/2025
- Órgano de la Ciudad
- Consejería de Cultura, Patrimonio Cultural y del Mayor
- Nº de registro
- CON2500192
- Identificador
- BOME-A-2025-921
Firmantes
Por la Ciudad Autónoma de Melilla
- Fadela Mohatar MaananConsejera de Cultura, Patrimonio Cultural y del Mayor
Por Casa Regional de Melilla en Toledo
- José Luis García FernándezPresidente de LA CASA REGIONAL DE MELILLA EN TOLEDO
Objeto del convenio
PRIMERA: OBJETO.
El objeto del presente convenio es, por un lado, el fomento de la difusión de le cultura y costumbres melillenses.
Entre los gastos justificables se encuentran:
Programa de visitas culturales provincia (en torno a 10 visitas en diferentes localidades): 2.500,00 €.
Programa ciclo teatros (asistencia a aproximadamente 10 espectáculos teatrales): 3.500,00 €.
Asamblea General y actos de celebración: 3.000,00 €. Gastos telefonía, internet y material: 1.200,00 € Ciclo conferencias históricas (durante los meses de marzo, abril y mayo, incluyen gastos de hospedaje y alquiler de local): 2.000,00 €.
Semana del Corpus (incluye visita a Visita a Puy du Fou, transporte y actuación musical): 2.000,00 €.
De los importes arriba referenciados, superior al importe de concesión, se admitirán hasta un total de 8.919,00 € como importe justificable. La parte del proyecto no subvencionada deberá ser cubierta por la entidad beneficiaria como aportación de fondos propios siendo complementaria a la subvención, debiéndose acreditar que han cumplido con su compromiso de cofinanciar el proyecto, justificar el importe, procedencia y aplicación de tales fondos a las actividades subvencionadas de conformidad con el art. 30 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones.
Admitiéndose gastos de alojamiento, manutención y desplazamiento en las actividades subvencionadas se atenderá a los principios generales, los requisitos de los gastos y la forma de justificación establecidos en el Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, sobre indemnizaciones por razón del servicio, limitándose las cuantías máximas diarias subvencionables a las establecidas en dicha norma para el grupo 2.
Cláusula del objeto copiada del texto del BOME. Puede contener errores de lectura del PDF original.
Lo que dice el BOME sobre el importe
«Conceder una cantidad económica de 8.919,00 € (OCHO MIL NOVECIENTOS DIECINUEVE EUROS), con cargo a la partida presupuestaria 04 92408 48907»
Sumario del anuncio
Convenio de colaboración entre la Ciudad Autónoma de Melilla y la Casa Regional de Melilla en Toledo durante el año 2025.
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