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Convenio · 2025

Colaboración para que los agentes de aduanas presenten las declaraciones tributarias del IPSI de importación, subvencionadas con 3 € por hoja declaratoria hasta el crédito consignado.

Con Colegio Oficial de Agentes de Aduanas y Representantes Aduaneros de Melilla

Aportación de la Ciudad (máximo)

525.000,00 €

Tipo
Convenio
Publicado en el BOME
19/12/2025 (BOME nº 6337)
Fecha de firma
15/12/2025
Vigencia
del 01/01/2025 al 31/12/2025
Órgano de la Ciudad
Consejería de Hacienda
Nº de registro
CON2500222
Identificador
BOME-A-2025-1344

Firmantes

Por la Ciudad Autónoma de Melilla

Por Colegio Oficial de Agentes de Aduanas y Representantes Aduaneros de Melilla

Objeto del convenio

PRIMERA.- Objeto del Convenio. Uno. El Colegio de Agentes y Representantes Aduaneros de Melilla, se compromete a que los Agentes intervinientes en las operaciones de importación, cumplimenten y presenten la declaración tributaria del Impuesto para las mercancías introducidas en la Ciudad por este medio. Dos. Para liquidación de expediciones de servicios combinados con destino a varios destinatarios, se podrá autorizar mientras se encuentre en vigor el Convenio de Colaboración suscrito entre la Ciudad y el citado Colegio, la presentación telemática de la relación de carga, con carácter provisional, en la que figuren cuantos datos estime y precise el Servicio, con la obligación de aportar la documentación correspondiente antes de la salida de la mercancía. Tres. Las declaraciones tributarias se presentarán telemáticamente a través de la aplicación facilitada oficialmente por la CAM. A) Con la declaración se presentará la factura original de la Casa suministradora, y cuando lo requiera el Servicio se aportará el D.U.A. Cuando se importen vehículos usados, se acompañará fotocopia de la ficha técnica. B) Las declaraciones de mercancías no procedentes del territorio nacional, presentarán conjuntamente factura, D.U.A. y copia del conocimiento de embarque. C) Cuando el valor de las mercancías venga determinado en función del peso, se acompañará el comprobante de la báscula del Puerto de Melilla, y en defecto de ésta, por la del Puerto de procedencia. Cuatro. Los agentes y transitarios comprobarán vía telemática, antes de poner la mercancía a disposición de los importadores, la conformidad a la declaración y documentación aportada. Cinco. Los Agentes y transitarios se responsabilizarán directamente del pago en un plazo máximo de un mes desde el despacho de aquellas mercancías que se introduzcan en la Ciudad, cuyos destinatarios no tengan formalizados ante la CAM el correspondiente aval bancario, debiendo aportar, en garantía del pago de las deudas tributarias causadas por estas importaciones, un aval bancario por la cantidad que se indica en el documento anexo al presente, proporcional a las hojas declaratorias presentadas por cada uno de los Agentes y Representantes Aduaneros durante el ejercicio 2024.

Cláusula del objeto copiada del texto del BOME. Puede contener errores de lectura del PDF original.

Lo que dice el BOME sobre el importe

«hasta el límite subvencionable total de 525.000 euros consignados en los presupuestos generales como subvención nominativa»

Sumario del anuncio

Convenio de colaboración entre la Ciudad Autónoma de Melilla y el Colegio Oficial de Agentes de Aduanas y Representantes Aduaneros de Melilla.

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