Inicio › Federación Nacional de Casas de Melilla › Convenio 10/09/2021
Convenio · 2021
Sufragar encuentros y actividades de coordinación de las Casas de Melilla, gastos de representación y funcionamiento de la federación durante 2021.
Con Federación Nacional de Casas de Melilla
Aportación de la Ciudad
8.000,00 €
- Tipo
- Convenio
- Publicado en el BOME
- 10/09/2021 (BOME nº 5894)
- Fecha de firma
- 31/08/2021
- Vigencia
- al 31/12/2021
- Órgano de la Ciudad
- Consejería de Presidencia y Administración Pública
- Nº de registro
- CON2100120
- Identificador
- BOME-A-2021-877
Firmantes
Por la Ciudad Autónoma de Melilla
- Gloria Rojas RuizConsejera de Presidencia y Administración Pública
Por Federación Nacional de Casas de Melilla
- José González JiménezPresidente de la Federación Nacional de Casas de Melilla
Objeto del convenio
Primera. - Objeto del Convenio. -El presente Convenio de Colaboración tiene por objeto sufragar los siguientes gastos, sin perjuicio de que, tratándose de estimaciones, determinados apartados requieran una mayor aportación que se atendería detrayendo cantidades previstas para los otros, previa autorización de la Consejera de Presidencia y Administración Pública:
Actuación | Importe estimado / € Gastos por suministros y servicios menores por realización de encuentro nacional de melillenses mediante asamblea nacional anual de casas de Melilla. | 5.500€ Gastos por suministros y servicios menores por realización de actuaciones diversas de coordinación entre las distintas casas regionales de Melilla, así como las reuniones de la Junta Directiva. | 1.500€ Gastos de representación y Fiestas Patronales | 600€ Suministros y servicios menores que se requieren para funcionamiento, incluida la secretaría y correspondencia. | 400€ TOTAL | 8.000€ Una vez abonada la subvención, se podrá autorizar la modificación del objeto siempre que no dañe derechos de tercero y no suponga un cambio sustancial de la finalidad de la subvención, ni incida en los presupuestos tomados en consideración para decidir su concesión.
La Federación Nacional asumirá las obligaciones establecidas en el artículo 14 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Así como deberá dar la adecuada publicidad del carácter público de la financiación del programa subvencionado.
La entidad subvencionada se obliga, respecto de la contratación del personal, a cumplir con lo dispuesto en el artículo 29.7 d) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, así como lo recogido en el artículo 68.2 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la citada Ley 38/2003.
Cláusula del objeto copiada del texto del BOME. Puede contener errores de lectura del PDF original.
Lo que dice el BOME sobre el importe
«TOTAL | 8.000€»
Sumario del anuncio
Convenio de Colaboración entre la Consejería de Presidencia y Administración Pública de la Ciudad Autónoma de Melilla y la Federación Nacional de Casas de Melilla.
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