Inicio › Hermanas Hospitalarias Sagrado Corazón de Jesús, Complejo Asistencial › Convenio 09/04/2021

Convenio · 2021

Financiar hasta siete plazas de atención residencial especializada para personas con enfermedad mental.

Con Hermanas Hospitalarias Sagrado Corazón de Jesús, Complejo Asistencial

Aportación de la Ciudad (máximo)

256.200,00 €

Tipo
Convenio
Publicado en el BOME
09/04/2021 (BOME nº 5850)
Fecha de firma
25/03/2021
Vigencia
al 31/12/2021
Órgano de la Ciudad
Consejería de Economía y Políticas Sociales
Nº de registro
CON2100026
Identificador
BOME-A-2021-309

Firmantes

Por la Ciudad Autónoma de Melilla

Por Hermanas Hospitalarias Sagrado Corazón de Jesús, Complejo Asistencial

Objeto del convenio

PRIMERA.- OBJETO DEL CONVENIO. Es objeto del presente convenio establecer la colaboración entre la Ciudad de Melilla y la Entidad Hermanas Hospitalarias Sagrado Corazón de Jesús, Complejo Asistencial, para la prestación de atención integral especializada en régimen residencial de hasta 7 pacientes. Los objetivos generales que han de guiar su organización y funcionamiento son los siguientes: · Asegurar la cobertura de las necesidades básicas de alojamiento, manutención y soporte. · Ofrecer el cuidado y apoyo personal y social que los usuarios necesiten para mejorar su situación y calidad de vida. · Favorecer la mejora de la autonomía personal o social de los usuarios residentes de tal forma que les permita un funcionamiento lo más normalizado posible. · Posibilitar el mantenimiento en la comunidad en las mejores condiciones posibles de dignidad y calidad de vida. · Favorecer la progresiva integración social de los usuarios residentes La atención residencial tendrá por finalidad facilitar alojamiento y asistencia integral y profesional en el centro, durante las 24 horas del día, en el área que corresponda (Unidad de Corta y larga Estancia y Residencia de Mayores Psicogeriátrica, según se determine por el facultativo médico responsable de la Unidad de Salud Mental o del Servicio de Psiquiatría del Hospital Comarcal del INGESA y tendrá la duración que se especifica en la cláusula quinta. Cuando por circunstancia sanitarias el paciente deba ser ingresado en una institución hospitalaria ajena a la convenida se incluirán como gastos a sufragar por el convenio los ocasionados por traslados y acompañamientos en estancias hospitalarias externas de los usuarios derivados por esta Consejería, y en caso de no poder ser sufragado por el propio usuario, tutor o familiares, a la vista de sus situación socioeconómica y familiar.

Cláusula del objeto copiada del texto del BOME. Puede contener errores de lectura del PDF original.

Lo que dice el BOME sobre el importe

«hasta el importe máximo anual de DOSCIENTOS CINCUENTA Y SEIS MIL DOSCIENTOS EUROS CON CERO CÉNTIMOS (256.200,00 €)»

Sumario del anuncio

Convenio entre la Consejería de Economía y Políticas Sociales y la Entidad Hermanas Hospitalarias Sagrado Corazón de Jesús, para la atención integral especializada a personas con enfermedad mental.

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