Inicio › Federación Nacional de Casas de Melilla › Convenio 11/06/2019

Convenio · 2019

Subvención para el encuentro nacional de melillenses, la asamblea anual de las casas de Melilla, el nombramiento de melillense del año y gastos de funcionamiento.

Con Federación Nacional de Casas de Melilla

Aportación de la Ciudad

8.000,00 €

Tipo
Convenio
Publicado en el BOME
11/06/2019 (BOME nº 5659)
Fecha de firma
03/06/2019
Vigencia
al 31/12/2019
Órgano de la Ciudad
Consejería de Educación, Juventud y Deportes
Identificador
BOME-A-2019-581

Firmantes

Por la Ciudad Autónoma de Melilla

Por Federación Nacional de Casas de Melilla

Objeto del convenio

Primera.- Objeto.- La subvención deberá destinarse a sufragar los siguientes gastos, sin perjuicio de que, tratándose de estimaciones, determinados apartados requieran una mayor aportación que se atendería detrayendo cantidades previstas para los otros, previa autorización del Consejero de Educación, Juventud y Deportes: Actuación | Importe estimado / € Gastos por suministros y servicios menores por realización de encuentro nacional de melillenses. | 3.000 € Gastos por suministros y servicios menores por realización de actuaciones diversas de coordinación entre las distintas casas regionales de Melilla mediante asamblea nacional anual de casas de Melilla. | 3.000 € Gastos de suministro y servicios menores por nombramiento melillense del año. | 1.500 € Suministros y servicios menores que se requieren para funcionamiento, incluida la secretaría y correspondencia. | 500 € Otros análogos a los anteriores. TOTAL | 8.000,00 € Una vez abonada la subvención, se podrá autorizar la modificación del objeto siempre que no dañe derechos de tercero y no suponga un cambio sustancial de la finalidad de la subvención, ni incida en los presupuestos tomados en consideración para decidir su concesión. La Federación Nacional asumirá las obligaciones establecidas en el artículo 14 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. Así como deberá dar la adecuada publicidad del carácter publico de la financiación del programa subvencionado. La entidad subvencionada se obliga, respecto de la contratación del personal, a cumplir con lo dispuesto en el artículo 29.7 d) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, así como lo recogido en el artículo 68.2 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la citada Ley 38/2003.

Cláusula del objeto copiada del texto del BOME. Puede contener errores de lectura del PDF original.

Lo que dice el BOME sobre el importe

«para la concesión de una subvención nominativa por importe de 8.000,00 euros»

Sumario del anuncio

Convenio de colaboración entre la Consejería de Educación, Juventud y Deportes y Federación Nacional de Casas de Melilla, durante el año 2019.

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