Inicio › Hermanas Hospitalarias Sagrado Corazón de Jesús, Complejo Asistencial › Convenio 15/08/2017

Convenio · 2017

Financiar atención residencial integral especializada para un máximo de diez pacientes con trastorno mental.

Con Hermanas Hospitalarias Sagrado Corazón de Jesús, Complejo Asistencial

Aportación de la Ciudad (máximo)

365.000,00 €

Tipo
Convenio
Publicado en el BOME
15/08/2017 (BOME nº 5469)
Fecha de firma
05/07/2017
Vigencia
al 31/12/2017
Órgano de la Ciudad
Consejería de Bienestar Social
Identificador
BOME-A-2017-749

Firmantes

Por la Ciudad Autónoma de Melilla

Por Hermanas Hospitalarias Sagrado Corazón de Jesús, Complejo Asistencial

  • Federico Donaire PastorGerente de la Entidad Hermanas Hospitalarias Sagrado Corazón de Jesús, Complejo Asistencial

Objeto del convenio

pRIMERA.- OBjETO DEL CONvENIO. Es objeto del presente convenio establecer la colaboración entre la Ciudad de Melilla y la Entidad Hermanas Hospitalarias Sagrado Corazón de Jesús, Complejo Asistencial, para la prestación de atención integral especializada en régimen residencial de hasta 10 pacientes. Los objetivos generales que han de guiar su organización y funcionamiento son los siguientes: • Asegurar la cobertura de las necesidades básicas de alojamiento, manutención y soporte. • Ofrecer el cuidado y apoyo personal y social que los usuarios necesiten para mejorar su situación y calidad de vida. • Favorecer la mejora de la autonomía personal o social de los usuarios residentes de tal forma que les permita un funcionamiento lo más normalizado posible. • Posibilitar el mantenimiento en la comunidad en las mejores condiciones posibles de dignidad y calidad de vida. • Favorecer la progresiva integración social de los usuarios residentes. La atención residencial tendrá por finalidad facilitar alojamiento y asistencia integral y profesional en el centro, durante las 24 horas del día, en el área que corresponda (unidad de Corta y larga Estancia y Residencia de Mayores Psicogeriátrica, según se determine por el facultativo médico responsable de la unidad de Salud Mental o del Servicio de Psiquiatría del Hospital Comarcal del iNGESA y tendrá la duración que se especifica en la cláusula quinta. Cuando por circunstancia sanitarias el paciente deba ser ingresado en una institución hospitalaria ajena a la convenida se incluirán como gastos a sufragar por el convenio los ocasionados por traslados y acompañamientos en estancias hospitalarias externas de los usuarios derivados por esta Consejería, y en caso de no poder ser sufragado por el propio usuario, tutor o familiares, a la vista de sus situación socioeconómica y familiar.

Cláusula del objeto copiada del texto del BOME. Puede contener errores de lectura del PDF original.

Lo que dice el BOME sobre el importe

«hasta el importe máximo anual de TRESCIENTOS SESENTA y CINCO MIL EUROS CON CERO CÉNTIMOS (365.000, 00 €)»

Sumario del anuncio

Convenio de Colaboración entre la Consejería de Bienestar Social de la Ciudad Autónoma de Melilla y la Entidad Hermanas Hospitalarias Sagrado Corazón de Jesús, Complejo Asistencial para la atención residencial especializada a pacientes con trastorno mental.

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